REPRESENTACIÓN CARTOGRÁFICA DE LOS BOSQUES NATIVOS PRESENTES EN LA PROVICNCIA DE SAN JUAN DE ACUERDO A LA DEFINICIÓN DE LA LEY 26.331 Y LA RESPECTIVA CATEGORÍA DE CONSERVACIÓN


CATEGORÍA: Las categorías de conservación definen el tipo de actividad que se pueden realizar en el bosque nativo. De acuerdo a la ley 26.331 existen tres categorías: I (Rojo), II (Amarillo), III (Verde).

SUPERFICIE (HA): Superficie de la provincia de San Juan cubierta por los bosques nativos dentro de cada categoría.


NOTA:

DESCRIPCIÓN DE LAS CATEGORÍAS DE CONSERVACIÓN DEL BOSQUE NATIVO

CATEGORÍA I (ROJO): sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse. Incluirá áreas que, por sus ubicaciones relativas a reservas, su valor de conectividad, la Presencia de valores biológicos sobresalientes y/o la protección de cuencas que ejercen, ameritan su persistencia como bosque a perpetuidad, aunque estos sectores puedan ser hábitat de comunidades indígenas y ser objeto de investigación científica.

CATEGORÍA II (AMARILLO): sectores de mediano valor de conservación, que pueden estar degradados pero que a juicio de la autoridad de aplicación jurisdiccional con la implementación de actividades de restauración pueden tener un valor alto de conservación y que podrán ser sometidos a los siguientes usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica.

CATEGORÍA III (VERDE): sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad, aunque dentro de los criterios de la presente ley.



FUENTE: Secretaria de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Gobierno de San Juan, www.ambiente.sanjuan.gob.ar.


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