AREAS PROTEGIDAS
REPRESENTACIÓN CARTOGRÁFICA DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN CONSIDERANDO TODOS LOS ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS CON DISTINTA CATEGORIA DE PROTECCIÓN QUE INTEGRAN LA PROVINCIA DE SAN JUAN Y ESTAN BAJO LA ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARIA DE CONSERVACIÓN Y ÁREAS PROTEGIDAS DEL GOBIERNO DE SAN JUAN. Y TAMBIÉN AQUELLAS DE ADMINISTRACIÓN NACIONAL, PRIVADA O ENTE AUTARQUICO.
ID OBJETO: Número de identificación
NOMBRE: Denominación oficial que se le ha dado al espacio natural protegido.
CATEGORÍA: Es el tipo de unidad de gestión que presenta cada espacio protegido. Se pueden establecer distintas categorías de protección y conservación, como, por ejemplo: parque nacional, reserva provincial, entre otras.
NORMA LEGAL: Indica la ley, decreto, resolución, convenio o declaración que dio origen a la creación de dicho espacio natural protegido.
OBJETIVO: Es el fin que se persigue con la creación de dicho espacio natural protegido. El objetivo puede ser de protección y conservación arqueológica, biológica, entre otros.
SUPERFICIE (HA): Representa la extensión o tamaño de cada espacio natural protegido. Los valores están expresados en hectáreas.
AUTORIDAD: Representa el organismo público o privado que tiene la incumbencia técnica y administrativa de las mismas.
CREACIÓN: Es el año en que fue creado dicho espacio natural protegido.
ECORREGIÓN: Área geográfica de gran extensión que se distingue por el carácter único de su morfología, geología, clima, suelos, hidrología, flora y fauna, en suma: por su ecología.
NOTAS:
Áreas Naturales Protegidas
Existen numerosas definiciones para ‘Áreas Naturales Protegidas’. Estas han ido evolucionando con el transcurrir del tiempo y con las experiencias en cuanto a su conformación y su manejo. “Las áreas protegidas son superficies de tierra y/o mar especialmente consagradas a la protección y al mantenimiento de la diversidad biológica, así como de los recursos naturales y recursos culturales asociados; y son manejadas a través de medios jurídicos u otros medios eficaces” (UICN, 1994).
Esta definición - dada por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) - es la más aceptada por los técnicos y por la población en general, siendo la que mejor se adapta a las demandas de las sociedades que las crearon, sobre todo de acuerdo a su rol dentro del campo económico. En este sentido, tendríamos que analizar si tal definición nos motiva a concebir un área protegida como un lugar para hacer uso productivo de la tierra, entendiéndose por ‘productivo’ no sólo a aquello que nos da dividendos financieros, sino también a aquello que desde un punto de vista más amplio nos ‘produce’ los bienes y servicios requeridos para mantener los procesos vitales, tanto para los humanos como para todas las formas de vida que se encuentren comprendidas en el área protegida.
Así planteado, las áreas protegidas no deberían ser entendidas como espacios sin uso o sin productividad. Por el contrario, son espacios económicamente muy activos dentro del ordenamiento territorial que posee una determinada sociedad. Incluso podemos decir que las áreas protegidas son ‘activos sociales’ muy importantes para mantener en funcionamiento a la economía de la región, en particular si la misma está directamente vinculada a los recursos naturales al ser interpretados como insumos o medios de producción. Esto puede entenderse mejor si nos apoyamos en la interrelación que existe entre las dimensiones económica, social y ambiental, las cuales se necesitan y refuerzan mutuamente. Toda sociedad debe satisfacer necesidades tales como la alimentación, el abrigo, la vivienda y el trabajo, para lo cual es necesario algún tipo de desarrollo económico y bienestar social. Tal desarrollo no podría suceder si el soporte físico (o sea, los recursos naturales) estuviera agotado o si el medio ambiente no tuviera la capacidad para absorber los efectos de las actividades humanas. Por otro lado, de nada valdría tomar una postura estrictamente conservacionista en detrimento del bienestar de la población, preservando recursos que nadie pudiera utilizar.
El equilibrio entre el desarrollo económico, el desarrollo social y la preservación medioambiental es lo que se denomina Desarrollo Sustentable. Las áreas protegidas constituyen un aporte fundamental a dicho equilibrio debido al manejo racional de los recursos naturales y a la preservación de la diversidad biológica y cultural que en ellas se practican. No sólo propician un desarrollo económico responsable con el ambiente, sino que también se convierten en espacios de participación democrática y en instrumentos para lograr un balance más satisfactorio a nivel intelectual, afectivo, moral y espiritual.
Áreas Protegidas de la Provincia de San Juan
La provincia de San Juan dispone de 2.248.416 ha bajo distintas categorías de conservación. Del total de esta superficie, unas 219.000 ha están en jurisdicción nacional y otras 2.028.616 ha están en jurisdicción provincial, de las cuales 58.000 has son de carácter privado. La totalidad constituye aproximadamente el 22% del territorio. Ello la convierte en una de las provincias con mayor porcentaje de superficie bajo normas especiales de conservación. Además, San Juan tiene el privilegio de contar en su territorio con valiosos exponentes, conocidos mundialmente y categorizados por organismos internacionales. Tanto por la magnitud territorial como por su distribución geográfica, las áreas protegidas sanjuaninas contienen gran parte de la diversidad biológica de la región. Disponen también de un rico patrimonio arqueológico perteneciente a diferentes culturas aborígenes, yacimientos paleontológicos de interés científico internacional y bellezas escénicas de singular atractivo. Considerando la totalidad de las áreas, las mismas comprenden muestras importantes de las provincias fitogeográficas Altoandina, Puneña, Monte y Chaco. Este último incluye a los distritos Chaco árido y Chaco serrano, restando sólo proteger la provincia del Cardonal.
Tipos de Unidades de Gestión: Categoría
La necesidad de conservar y de utilizar - de manera sostenible - los recursos naturales viene siendo planteada desde hace más de dos décadas en los ámbitos locales, nacionales e internacionales. En 1992, la República Argentina - dispuesta a participar activamente en este acuerdo global y resuelto a aunar esfuerzos para la conservación de la diversidad biológica del país en beneficio de las generaciones actuales y futuras - firmó el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) en Río de Janeiro, junto a otros 156 países. Allí fueron planteados principios, conceptos y directrices metodológicas para la conservación.
Categorías de Protección
Hace más de 25 años, la UICN desarrolló un sistema preliminar de categorías para la gestión de áreas protegidas a fi n de ayudar a organizarlas y definirlas. La intención original del sistema de Categorías de Gestión de Áreas Protegidas de la UICN era crear un entendimiento común y un marco internacional de referencia para las áreas protegidas, tanto entre países como dentro de ellos. Hoy en día, las categorías están aceptadas y son reconocidas como el punto de referencia para definir, recordar y clasificar las áreas protegidas. Su reconocimiento es aceptado por organizaciones internacionales - tales como las Naciones Unidas y el Convenio sobre la Diversidad Biológica - y por gobiernos nacionales.
En la provincia de San Juan, existe una normativa que establece (entre todos los aspectos que hacen a la cuestión ambiental) las diferentes categorías de conservación, los alcances y la administración de las áreas protegidas del territorio provincial. Las áreas naturales protegidas conforman el Sistema Provincial de Áreas Protegidas de San Juan de acuerdo a la clasificación realizada por la Ley Nº 6.911, con las siguientes Categorías de Manejo:
- Parques Naturales
- Parque Nacional
- Parques y Reservas Provinciales
- Reserva de Biósfera
- Sitios RAMSAR
- Gestión de Reservas Privadas
- Parques Naturales
- Monumentos Naturales
- Paisaje Protegido
- Reserva de Uso Múltiple
- Sitios de Patrimonio Mundial
Parques Nacionales
Argentina fue uno de los primeros países del mundo en implementar Parques Nacionales. Según la propia Administración de Parques Nacionales: la experiencia histórica demuestra que, abandonados a las reglas del mercado y a la mayor o menor conciencia ecológica de los agentes económicos, los recursos naturales y culturales sufren un deterioro constante y progresivo que, directa o indirectamente, va en detrimento de la población. El Estado tiene entonces el deber de garantizar la preservación de ese patrimonio a través del uso sustentable de los recursos, para que las actividades que se desarrollen en el presente no comprometan el futuro y los intereses colectivos de la sociedad sean resguardados. Es por ello que los Estados Nacionales, en casi todos los países, poseen algún tipo de Sistema Nacional de Áreas Protegidas como una de las herramientas de conservación para el mantenimiento de la diversidad biológica, del patrimonio natural y del patrimonio cultural. En Argentina, la Administración de Parques Nacionales (APN) planifica y ejecuta la conservación de la diversidad biológica y cultural de las áreas protegidas bajo su jurisdicción.
Dice la propia APN: En el Organismo se trabaja en pos de un desarrollo integral orientado al uso sustentable de los recursos, a la creación de valor, y a la incorporación de la sociedad en su labor. Son objetivos principales son:
• Conservar la biodiversidad y los ecosistemas: Los Parques Nacionales mantienen áreas extensas y representativas de los ecosistemas nativos. El conocimiento progresivo de las relaciones entre sus componentes nos permite conservar la variedad de la flora, la fauna, y de los procesos naturales que les dan origen.
• Preservar la diversidad cultural: Los Parques Nacionales atesoran las variadas formas en que el hombre se relaciona con la naturaleza, tanto en el pasado como en el presente. Patrimonio de toda la sociedad, que debe ser protegido por su valor social y cultural.
• Resguardar el hábitat de especies en peligro: Los Parques Nacionales conservan tanto poblaciones de especies amenazadas de extinción, como las que podrían llegar a esa situación, por la presión de uso que sufren o por ser originalmente escasas o raras.
• Promover educación y recreación: Debido al mejoramiento de las comodidades para el visitante y la calidad de los sitios, los Parques Nacionales constituyen lugares ideales para la educación ambiental y la recreación.
• Incentivar la investigación: Los Parques Nacionales resultan áreas ideales para el desarrollo de estudios científicos. A tal fin, se realizan convenios con centros de investigación, se facilitan instalaciones en los parques, y el personal técnico brinda colaboración en cada área protegida.
• Preservar prístinos los grandes escenarios naturales: El sistema de Parques Nacionales incluye sitios de belleza paisajística imponente y de un valor cultural único.
• Proteger yacimientos paleontológicos: Resguardar yacimientos de fósiles nos permite asegurar su estudio a largo plazo y su difusión entre la comunidad científica y la sociedad en general.
Parque y Reservas Provinciales
Cada provincia cuenta con un cuerpo de normas y directrices para la conservación de áreas naturales y ambientes silvestres, acordes a su condición de patrimonios públicos. El Estado provincial es responsable de velar por el ambiente, estableciendo las restricciones y las sanciones necesarias para su preservación. Esta herramienta legal, conformada por el cuerpo de las Leyes Ambientales de la Provincia de San Juan, le permite ejercer el poder de fuerza pública para controlar los hechos que atenten contra el ambiente.
Por, sobre todo, existe un instrumento legal que vela por las Áreas Protegidas y la Flora y Fauna Provincial: la Ley Nº 6.911. La misma tiene por objetivo “proteger, conservar, propagar, repoblar, generar y promover el aprovechamiento sustentable de la Flora, Fauna Silvestre, Fauna Ictícola; así también la creación, fiscalización y desarrollo de las Áreas Naturales Protegidas a fines de preservar la biodiversidad y los ecosistemas en todo el territorio de la Provincia de San Juan”. En ella se establecen las Categorías de Protección que conforman el Sistema Provincial de Áreas Protegidas.
Reserva de Biósfera
Son áreas representativas de ecosistemas característicos y únicos en el mundo. Todas las áreas de esta categoría son sometidas a la aprobación del ‘Consejo Internacional de Coordinación del Programa sobre el Hombre y la Biosfera de las Naciones Unidas’. En 1980, San Guillermo fue declarado Reserva de Biosfera por la UNESCO.
El Programa El Hombre y la Biosfera (MaB, Man and Biosphere) es un programa interdisciplinario de investigación y capacitación que busca desarrollar las bases - dentro de las ciencias naturales y sociales - para el uso racional, la conservación de los recursos de la biosfera y el desarrollo de una relación más equilibrada entre las poblaciones humanas y su medio ambiente. Desde el comienzo del programa (en 1971) hasta principios de la década del 90, el MaB desarrolló sus experiencias en 14 áreas temáticas. A partir de 1995, entró en una nueva fase focalizada en el desarrollo y aprovechamiento total de la red existente de áreas identificadas como Reservas de Biosfera, terrestres, costeros o marinos en donde, a través de pautas adecuadas de zonificación y procedimientos de manejo, se combinan tareas de conservación de los ecosistemas y su biodiversidad con el uso sustentable de los recursos naturales, en beneficio de las comunidades locales. Para esto se realizan importantes actividades de investigación, monitoreo, educación y capacitación. Así, ellas representan una herramienta fundamental para la implementación de la Agenda 21, de la Convención sobre la Diversidad Biológica y de otros acuerdos Internacionales.
Para la designación de Reservas de Biosfera, los países interesados deben proponer zonas de su territorio que cumplan con determinados criterios, debiendo combinar las siguientes tres funciones básicas:
Conservación: Contribuyendo a la conservación de paisajes, ecosistemas, especies y diversidad genética.
Desarrollo: Fomentando un desarrollo humano y económico, ecológica y culturalmente sostenible.
Apoyo Logístico: Comprende investigación científica, seguimiento, formación y educación relativas a la conservación y al desarrollo sostenible a escala local, regional, nacional y global.
Para llevar a cabo las actividades complementarias de conservación y uso de los recursos naturales, las Reservas de Biosfera se organizan internamente, espacial y funcionalmente en tres tipos de zonas interrelacionadas: núcleo, tampón o de amortiguación y transición. La zona de transición tiene un fuerte significado social por ser el territorio donde se realiza la gestión sostenible de los recursos naturales.
En San Juan existe una Reserva de Biosfera: San Guillermo, que forma parte de la Red Internacional del MaB desde 1980. Está administrada por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable y el régimen de tenencia de la tierra es mixto (fiscal y privado). Con una extensión de 981.640 hectáreas y un rango de elevación de entre 2.100 y 5.800 msnm., esta Reserva se considera un bioma mixto de montaña y altiplano con zonificación compleja. Corresponde a las provincias biogeográficas de Puna, Altos Andes y en el piso inferior el Monte. Las vicuñas y los guanacos son sus especies emblemáticas y también uno de sus objetivos de conservación. El Gobierno de la provincia mantiene tres refugios y desarrolla tareas de vigilancia. La Reserva no tiene asentamientos humanos actuales. Se han efectuado relevamientos integrados de recursos naturales, de asociaciones ambientales y estudios sobre la ecología de la vicuña, entre otras. Desde 1990, se intensificaron las actividades a través de la cooperación entre el Gobierno de San Juan, la Administración de Parques Nacionales (APN) y la Fundación Ambientalista Sanjuanina (FAS) en el marco de una estrategia provincial de conservación. Ello ha permitido la capacitación de los Agentes de Custodia Ambiental provinciales y mejoras en el equipamiento, la infraestructura y la accesibilidad. En 1998, su área núcleo fue declarada Parque Nacional y se estableció un acuerdo de cooperación entre las tres instituciones mencionadas.
Sitios RAMSAR
El Convenio Ramsar es un acuerdo internacional que tiene por finalidad la protección de las zonas húmedas. La reunión fundacional de este Convenio se realizó en Ramsar (Irán) en 1971. Una de las causas principales para la convocatoria inicial del Ramsar fue la constante disminución del número de aves acuáticas y la desecación, en años anteriores, de numerosas zonas húmedas. Los sitios Ramsar son humedales incluidos en un registro internacional, creado en 1975. Para que un humedal sea declarado sitio Ramsar, debe presentarse al Comité permanente de la Comisión - en Suiza - un profundo estudio científico basado en criterios ecológicos, botánicos, zoológicos, limnológicos o hidrológicos.
Los humedales juegan un papel muy importante en el ciclo del agua, ya que la reciben por precipitaciones (lluvia o granizo), agua subterránea, o a través de los ríos y arroyos; y luego la liberan, ya sea en otros cursos de agua superficiales, por infiltración (a través de los suelos, constituyendo depósitos de agua subterránea) o por evaporación y transpiración de las plantas a la atmósfera. En el ecosistema, las zonas húmedas realizan las siguientes funciones: sirven de reserva de agua; funcionan como protección y control de inundaciones; estabilizan las orillas, contribuyendo así a la disminución de la erosión; ayudan a la descarga hacia acuíferos, lo que contribuye a mantener su nivel a la surgencia de acuíferos y a la purificación del agua (mediante la retención de nutrientes), sedimentos y agentes contaminantes; e influyen en la estabilización del clima, atemperándolo. Ante la importancia histórica, ecológica y paisajística de las Lagunas de Huanacache, las provincias de San Juan y Mendoza elaboraron la primera ficha técnica del área en el año 1999 y la elevaron a la Oficina Ramsar de Argentina, pidiendo su incorporación al listado de Humedales de Importancia Internacional. Así el sistema lacustre de Huanacache fue designado como Sitio Ramsar en 1999, abarcando 580.000 has. Entre ambas provincias y correspondiéndole 248.000 has. a la provincia de San Juan. Dicho espacio fue ampliado en el año 2007, pasando a denominarse ‘Lagunas de Huanacache, del Desaguadero y del Bebedero’, con una superficie de 962.370 has. que incluye territorios de Mendoza, San Juan, San Luis y la Administración de Parques Nacionales. La provincia de San Juan asume el compromiso tácito de administrar sustentablemente los recursos de los territorios bajo su jurisdicción reconocidos por esta Convención Internacional desde el mismo momento en que junto con la provincia de Mendoza, elevan la ficha técnica al Comité Ramsar.
La República Argentina - al adherir a la Convención sobre los Humedales en 1991 a través de la Ley Nac. 23.919, establece que la Autoridad de Implementación a nivel nacional sea la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación. Mediante la misma adhesión, también se establece que el manejo de estos sitios a nivel local sea competencia de las administraciones provinciales (en el marco de lo establecido por el Artículo 124 de la Constitución Nacional) o de la Administración de Parques Nacionales, de acuerdo donde esté ubicado el Sitio. Si bien dentro de las categorías de manejo para las Áreas Naturales Protegidas de la provincia de San Juan (establecidas por la Ley Prov. N° 6.911) no están contemplados los Sitios Ramsar, por lo dicho anteriormente, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, a través de la Subsecretaría de Conservación y Áreas Protegidas, es responsable del manejo del ‘Sitio Ramsar: Lagunas de Huanacache, del Desaguadero y del Bebedero’, el humedal con categoría internacional dentro del territorio provincial. Además, la provincia de San Juan asume el compromiso tácito para la protección de estos humedales desde el mismo momento en que, en forma conjunta con la provincia de Mendoza, se pide la incorporación de las lagunas a la Convención Internacional.
Gestión de Reservas Privadas
La gestión ambiental puede aplicarse en distintos ámbitos, tanto en escala (desde una vivienda unifamiliar a un país) como en tipo (pública, privada, comunitaria). Un modelo posible es la empresa, unidad típica de nuestro modo de producción. Según M. Luvedid: “La empresa es la institución básica de nuestro sistema económico. Es la organización que transforma los recursos naturales en bienes y servicios valorados por los humanos”. El tamaño de una empresa puede ser muy variable, así como el tipo de actividad que desarrolla, pero todas las empresas tienen como común denominador la gestión privada y el afán de lucro. Es importante hacer hincapié en este concepto, ya que cualquier intento de modelo de gestión ambiental que no incluya el beneficio económico, está condenado al fracaso.
El Estado, a través de convenios con particulares o municipios, puede así actuar para crear Áreas Protegidas en dominios privados y establecer el manejo en conjunto de acuerdo a las categorías establecidas por la Ley Provincial Nº 6.911.
Con respecto a las reservas privadas, en San Juan existe la Reserva Privada ‘Los Morrillos’, creada en 1993. Posee una superficie de 23.500 has., y está ubicada al Sudoeste de la provincia de San Juan, departamento Calingasta.
Al Este limita con el Río Los Patos, llegando por el Oeste hasta el cordón montañoso conocido como Ansilta, una parte del flanco oriental de la Cordillera de los Andes. A diferencia de la mayoría de las reservas, no posee Ley de
Creación. Fue creado por convenio entre el propietario privado, Ansilta S.A., y una organización ambientalista no gubernamental, la Fundación Vida Silvestre Argentina. La categoría de Reserva Privada está oficialmente reconocida por el Gobierno Provincial. Los objetivos centrales son: Proteger importantes yacimientos arqueológicos; conservar una muestra de la naturaleza de la Cordillera de los Andes, representada por tres unidades biogeográficas (Monte, Puna y Altoandino); y generar modelos de aprovechamiento sustentable de la naturaleza local.
El Refugio de Vida Silvestre ‘Los Morrillos’ fue un proyecto integral de conservación de la naturaleza para el cual la Fundación Vida Silvestre Argentina y Ansilta S.A decidieron mancomunar esfuerzos. Una de las actividades que se proponían para este tipo de áreas naturales protegidas privadas era el ‘ecoturismo’, el que perseguía un objetivo educativo y también estaba concebido como una actividad de bajo impacto sobre la naturaleza. Ello garantizaría que el número de visitantes no afectara a las características naturales del área. Actualmente, las relaciones entre estos dos actores han variado, por lo que esta Reserva es gestionada por su propietario, Ansilta S.A.
Parques Naturales
Son áreas no afectadas por la actividad humana, las que gozan de representatividad biogeográfica y/o contienen ecosistemas, especies de flora y fauna, elementos geomorfológicos o paisajes naturales de belleza o interés excepcional. Su protección tiene finalidad científica, educativa y/o recreativa. Al ser áreas de relativa extensión, su manejo requiere una apropiada zonificación territorial.
Monumentos Naturales
Son áreas que contienen elementos naturales de notable importancia científica, de valor estético y educativo, especies vivas de animales y vegetales, y formaciones geológicas cuya existencia podría estar amenazada. Es el caso del Cerro Alcázar, en Calingasta.
Paisaje Protegido
Son zonas naturales o modificadas cuyos panoramas atractivos son aprovechados por el hombre para esparcimiento y turismo o que, por ser el resultado de la interacción del hombre y la naturaleza, reflejan manifestaciones culturales específicas. En esta categoría está comprendida la Localidad de Pedernal, un paisaje protegido de 17.700 hectáreas.
Reserva de Usos Múltiples
Son áreas con cierto grado de transformación en su condición natural, donde se privilegia la convivencia armónica entre las actividades productivas del hombre y el mantenimiento de los ambientes naturales y sus recursos silvestres. La reserva Presidente Sarmiento, de 748 hectáreas, está bajo esta categoría de conservación.
Sitios Patrimonio Mundial
Son sitios o bienes naturales que constituyen ejemplos de una etapa de la evolución terrestre. Estos albergan hábitats naturales de especies amenazadas y presentan una belleza singular o una visión espectacular. Por su valor universal de excepción, son conservados a perpetuidad. Del mismo modo que en la categoría anterior, deben realizarse las gestiones para ser sometidas a la aprobación posterior del Comité del Patrimonio Mundial de las Naciones Unidas.
Legislación Actual de las Áreas Protegidas
Las áreas protegidas de la provincia cuentan con la Ley Nº 6911, sancionada en el año 1998, la que constituyó un gran avance en materia de conservación de los espacios naturales por varias razones:
• Por crear el Sistema Provincial de Áreas Protegidas, reuniéndolas a todas en un solo ámbito administrativo a fi n de facilitar un mejor manejo.
• Por establecer para la provincia las Categorías de Conservación convenidas internacionalmente.
• Por designar a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la provincia como el organismo que tiene la incumbencia técnica y administrativa de las mismas.
• Por crear la cuenta “Fondo de Flora y Fauna, y Áreas Protegidas” para el manejo de los aranceles ingresados.
• Por crear un cuerpo de Agentes Provinciales de Conservación.
La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, a través de la Subsecretaría de Conservación y Áreas Protegidas, tiene injerencia directa en la administración del Sistema de Áreas Protegidas. Para lograr los objetivos establecidos en estas zonas de conservación, es necesario realizar el ordenamiento de su territorio y la Planificación de sus actividades, aspectos que deben regirse desde un Plan de Manejo de carácter integral para cada área. Cada área protegida debe disponer de una persona idónea que conduzca con responsabilidad las acciones, a fin de cumplir con los objetivos para los cuales fue creada la Unidad de Gestión. Así, los responsables de cada área protegida deberán elaborar un Plan de Acción en el marco de la Política Provincial y Nacional, y también deberán disponer de la posibilidad de informar periódicamente su marcha, sus problemáticas y sus necesidades ante niveles de decisión de Secretarios o Ministros, de quienes deberán recibir su apoyo. Tanto la provincia de San Juan como la Nación Argentina han subscripto compromisos ante las Naciones Unidas a través de sus representantes por tres áreas protegidas en particular: Reserva de Biósfera ‘San Guillermo, Sitio de Patrimonio de la Humanidad Ischigualasto y Sitio Ramsar Lagunas de Huanacache.
La Subsecretaría de Conservación y Áreas Protegidas, en forma conjunta con las instituciones académicas y otros organismos, deberá continuar con mayor intensidad los estudios que permitan conocer el patrimonio natural y cultural de nuestros espacios protegidos, a fi n de proporcionar la información de base para elaborar los respectivos Planes de Manejo de las diferentes áreas protegidas.
No obstante, no es necesario contar con los resultados de estas investigaciones para comenzar a trabajar en las tareas de gestión y educación ambiental vinculadas con las comunidades locales que se encuentran dentro de las áreas o en las zonas de influencia de las áreas protegidas. Se puede establecer, junto con los pobladores, un conjunto de acciones elementales orientadas a proteger y a mejorar el aprovechamiento actual de los recursos naturales y también capacitar a los interesados en actividades que, como el turismo sustentable, no estén desarrolladas. En este sentido, es enorme la tarea que hay que realizar para proteger, rescatar y poner en valor nuestro patrimonio, proceso en el cuál los pobladores de estas comunidades deberán tomar parte y convertirse en verdaderos protagonistas. Para esto, será necesario un presupuesto que refleje el espíritu de las leyes ambientales provinciales.
Objetivos Generales para las áreas protegidas de la provincia de San Juan
• Mantener los procesos ecológicos esenciales de los sistemas vitales básicos.
• Fortalecer los mecanismos para lograr las capacidades de manejo de las AP.
• Preservar la diversidad genética.
• Promover la utilización ordenada de los recursos, garantizando así el aprovechamiento sostenido de las especies y de los ecosistemas.
• Preservar la variedad, la singularidad y la belleza de los ecosistemas naturales, el patrimonio cultural y el paisaje.
• Conformar el Sistema Provincial de Áreas Protegidas (S.P.A.P.), ratificando las categorías de manejo de aquellas que han sido categorizadas por ley y definiendo las que aún no han sido categorizadas
• Conservar muestras representativas de las unidades biogeográficas existentes en la provincia.
• Proteger áreas singulares, consideradas así, por contener:
• Ecosistemas únicos.
• Procesos naturales, comunidades o especies amenazadas.
• Rasgos paisajísticos sobresalientes.
• Valores antropológicos, arqueológicos, paleontológicos o culturales asociados a las áreas protegidas.
• Altas cuencas.
• Hábitats de reproducción y alimentación de especies autóctonas y - en especial - de especies migratorias.
• Mantener reservorios genéticos ‘in situ’ de especies autóctonas.
• Contar con ámbitos para hacer investigación científica ca, en especial en aquellas prácticas orientadas a los requerimientos del desarrollo sustentable regional.
Brindar ámbitos para el desarrollo de prácticas de aprovechamiento sostenido de los recursos naturales.
• Constituir condiciones que promuevan la recuperación de ecosistemas degradados.
• Brindar oportunidades para la convivencia armónica del hombre con la naturaleza.
• Proporcionar oportunidades para la educación ambiental y la recreación de la población.
• Contribuir a la discusión y a la elaboración de políticas y estrategias de conservación para el conjunto del patrimonio natural nacional.
La Tabla 1 está exportada de la tabla de atributos de la cobertura de las áreas protegidas estos son los campos que presenta, además de aquellos que presenta el archivo original tales como superficie, autoridad y año de creación.
ELABORACIÓN CARTOGRAFICA: Martinelli, M., Ontivero, M., Ariza, M y Ripoll, Y.
FUENTE: Áreas Naturales Protegidas. Provincia de San Juan. 1° Edición, San Juan, Secretaria de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Gobierno de San Juan, 176 p. ISBN 978-987-98020-1-4, 2010.
Burkart, R. et al. Ecorregiones de la Argentina. Administración de Parques Nacionales y Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable. Buenos Aires, 43 p.,1999.
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